xImagen ilustrativa. El Juzgado de Paz y Faltas de Campo Largo condenó a 30 días de arresto de ejecución condicional y normas de conducta durante un año por hostigamiento digital agravada por el vínculo (artículo 139 ter y Quater del Código de Faltas de la Provincia) en concordancia con la Ley N° 27.736, conocida como Ley Olimpia, que modificó a la Ley N° 26.485, incorporando la violencia digital o telemática.La decisión del juez José Luis Haertel fue en el caso de un hombre de 51 años que reside en una localidad vecina y fue denunciado por su expareja en la comisaría local debido al continuo hostigamiento por teléfono, WhatsApp, redes sociales, creaba perfiles falsos en Facebook, y hasta llegó a alquilar una habitación en un hotel en Campo Largo para molestarla.De esa manera, se ordenó la detención preventiva del hombre, quien fue posteriormente aprehendido por la Policía. Se presentó evidencia documental y testimonial, y se llevó a cabo una declaración indagatoria. Además, se establecieron medidas perimetrales que prohíben al individuo acercarse a la denunciante en cualquier ámbito, ya sea físico o digital. También se especificó que no puede tener contacto personal, inclusive en las redes sociales, o por intermedio de cualquier tecnología de la información y la comunicación, aplicación de mensajerías instantáneas o canales de comunicación digital.COMENTÁ EN FACEBOOK: HACE CLICK ACÁ