xCasa de Gobierno
El Gobierno provincial denunció una serie de presuntas irregularidades relacionadas con el proceso de ingreso a empleos públicos durante la gestión anterior, donde se señala que más de 10.000 aspirantes fueron admitidos sin cumplir con los requisitos mínimos. Estas denuncias incluyen decretos que distorsionaron un instrumento constitucional, un examen de oposición que exigía solo una respuesta correcta y un Tribunal Examinador compuesto en su mayoría por empleados. Como resultado, el gobernador Leandro Zdero instruyó a la Fiscalía de Estado para que presente una acción de inconstitucionalidad parcial ante el Superior Tribunal de Justicia respecto a dos leyes vinculadas a los nombramientos en la administración pública.
El 5 de abril, el gobernador Leandro Zdero firmó la instrucción correspondiente, y dos semanas después, este viernes, el fiscal de Estado, Roberto Alejandro Herlein, presentó ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) una acción de inconstitucionalidad parcial contra ciertos artículos de las Leyes provinciales 3946 y 3947. Además, solicitó una medida cautelar para la suspensión de los artículos cuestionados hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Haciendo uso de sus facultades, el Fiscal de Estado avanzó con la acción al considerar que las leyes fueron tergiversadas en su aplicación práctica, lo que convirtió al proceso en “inconstitucional”. Según los informes del Ejecutivo, han surgido circunstancias posteriores a la sanción de los decretos y leyes que justifican el control de constitucionalidad.
ANTECEDENTES
El organismo constitucional, en su presentación, según la información a la que accedió Diario Chaco, realizó un recorrido sobre los antecedentes que terminaron provocando ciertos cuestionamientos. Mencionó que a través del Decreto Nro. 28, de enero de 2023, se estableció la realización de concursos anuales durante el período 2023-2030, para cubrir vacantes según porcentajes definidos por el Ministerio de Planificación, Economía e Infraestructura.
xEncuentro Zdero y Herlein
El objetivo de la norma era “garantizar el ingreso de personal idóneo, ajustándose a la reducción progresiva de cargos en la estructura presupuestaria”. Posteriormente, el Decreto Nro. 1453 de junio de 2023 modificó el Decreto 28/2023, estableciendo un único concurso para el año 2023, con un solo orden de mérito conservado hasta 2030, excluyendo a beneficiarios de transferencias directas del Estado Nacional.
El Decreto Nro. 2118/23 de agosto de 2023 aprobó un nuevo reglamento de Concurso de Oposición y Antecedentes para el período 2023-2030. Por último, la Ley 3946-A ratifica los decretos anteriores y establece que los agentes prestando servicios para la Administración Pública Provincial mantendrán su situación de revista durante el proceso concursal, sin alteración salarial. Además, la Ley 3947-A prohíbe toda nueva contratación de personal en los términos allí dispuestos.
LAS FALLAS
La Fiscalía de Estado consideró que si bien la reglamentación contenida en los decretos parecía ajustarse a derecho en principio, su aplicación resultó en “irregularidades” y desviaciones de las pautas establecidas por la Constitución. Esta afirmación se basa en el análisis realizado por el Ejecutivo provincial, que llevó a la emisión de los decretos 374 y 395, instruyendo el avance de la acción de inconstitucionalidad.
En el Acta Nº 2 del Tribunal Examinador, un órgano crucial en el concurso de antecedentes y oposición, quedó en evidencia, según un informe del Ejecutivo, la ausencia de representantes de la Dirección General de Recursos Humanos y de la Subsecretaría de Modernización del Estado. A pesar de esto, el Tribunal procedió a evaluar y valorar los antecedentes de los postulantes, sin la participación de la Comisión de Evaluación de Antecedentes. También elaboró una lista de postulantes admitidos y no admitidos, sin la intervención de las entidades mencionadas.
Es importante destacar que, según la denuncia, el Tribunal Examinador, compuesto únicamente por representantes de los trabajadores, evaluó y valoró los antecedentes sin la presencia de los representantes técnicos de la Administración, lo que constituiría un incumplimiento de su composición reglamentaria.
CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN
Tras el proceso de inscripción y evaluación de antecedentes, el Tribunal Examinador admitió a 10.370 personas de las cuales, según surge de análisis técnicos, 5995 no presentaron los certificados obligatorios ni cumplieron con requisitos mínimos. 
“De la diferencia de las 10.370 personas admitidas y las 5995 admitidas sin requisitos mínimos, se obtiene un total de 4375, de los cuales no cumplen con nivel académico 278 personas, y 217 no presentaron documentación con nivel académico, lo que arroja un total final de 4097 personas admitidas con nivel académico y que cumplen requisitos mínimos para ser admitidos”, detalla el informe del Gobierno resaltando que solo el 39,51% de los inscriptos podría haber sido admitido.
xFiscalía de Estado
El concurso de oposición también fue criticado por su metodología de calificación, que asigna puntajes numéricos para antecedentes y oposición, con un mínimo de 10 puntos para aprobar sobre 100. La forma de examen, donde se asignan aleatoriamente diez preguntas, pero se requiere solo una respuesta correcta para aprobar, fue considerada “irrazonable” ya que “afecta la idoneidad como requisito constitucional para el ingreso al empleo público”.
PERSONAL TEMPORARIO
Sobre la regulación vinculada al personal transitorio, el Fiscal de Estado, en base a los argumentos expuestos previamente por el Ejecutivo, indicó que la prohibición de contratar personal temporario no está relacionada con el ingreso a la planta permanente ni con el proceso de regularización laboral, que es válida cuando se utiliza para cubrir demandas transitorias y estacionales por lo que considera que esa disposición del Gobierno anterior es “desproporcionada e inconducente, comprometiendo las funciones administrativas del Poder Ejecutivo y el interés público, lo que vulnera la división de poderes”. 
ANTIGÜEDAD
Se señala que el requisito de “antigüedad comprobable” establecido en el Decreto 2118/2023 carece de un límite o plazo mínimo, lo que permite la inclusión de postulantes sin una antigüedad significativa o comprobable. Esta falta de límites se considera contradictoria con la finalidad del concurso. 
Además, se critica que la asignación de puntos a postulantes con menos de un año de antigüedad contradice la finalidad de regularizar situaciones de precariedad laboral de personas con experiencia prolongada. Esta situación, según Herlein, ha “desvirtuado el ingreso a la planta permanente, incumpliendo recaudos legales y sin valorar adecuadamente la antigüedad y la idoneidad”, en contradicción con la Constitución Nacional y otros artículos legales.
PRESUPUESTO
Finalmente, el Ejecutivo provincial expresó su preocupación por la situación económica, destacando la falta de transferencias discrecionales del Aportes del Tesoro de la Nación (ATN) desde la gestión de Javier Milei. Además, señala una pérdida interanual real del 27,8% en transferencias automáticas por coparticipación, leyes complementarias y compensaciones a marzo de 2024. 
En cuanto a leyes complementarias y compensaciones, advirtieron que en marzo de 2024 se enviaron $110.000 millones, frente a $57.000 millones del año anterior, lo que representa una caída real del 51% descontando la inflación. Esta situación, según el ejecutivo, viola normas constitucionales al no generar los recursos necesarios para cumplir con las obligaciones de mantener los vínculos contractuales hasta la efectivización de ingresos a la planta permanente, lo que podría llevar a la inconstitucionalidad de las leyes 3946-A y 3947-A.
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