xEl Gobierno nacional lanzó un nuevo protocolo con el objetivo de impedir bloqueos a empresas y fábricas. La medida fue oficializada a través de la Resolución 901/2024 del Ministerio de Seguridad de la Nación publicada en el Boletín Oficial y entró en vigencia desde hoy.El nuevo protocolo antibloqueos habilita a “convocar a la policía y a fuerzas federales para que actúen contra este tipo de protestas”, para que “hagan cesar el bloqueo y restablezcan el normal ingreso y egreso de personas, vehículos o mercaderías en el establecimiento afectado”. La norma establece que “si bien el artículo 14 bis de la Constitución Nacional establece el derecho a huelga, el artículo 14 de esa misma ley fundamental consagra el derecho de todos los habitantes de la Nación a trabajar y ejercer toda industria lícita y de usar y disponer de su propiedad”.En ese contexto, se determina que “existe un evidente interés federal comprometido en asegurar la libertad de comercio e industria contra toda turbación ilegítima”.El protocolo tiene como objetivo “contribuir a la protección de la normal actividad de las empresas que pudieran sufrir una merma o parálisis de su producción a causa de acciones que impidan, dificulten o amenacen, de forma actual o visiblemente inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías a sus instalaciones”.¿Cómo funciona el protocolo?Los bloqueos podrán ser denunciados telefónicamente a la Línea 134, al Whatsapp (11) 38524561 o por correo electrónico a la dirección: bloqueos@minseg.gob.ar.Una vez recibida la denuncia, el Ministerio de Seguridad será el encargado de evaluar su verosimilitud y entidad y, si corresponde, se instruirá  a la Secretaría de Seguridad para que efectúe el despliegue de las fuerzas policiales y de seguridad federales más próximas a fin de que hagan cesar el bloqueo y restablezcan el normal ingreso y egreso de personas, vehículos o mercaderías en el establecimiento afectado.En caso de que las autoridades del lugar en el que se desarrolla el bloqueo soliciten ayuda de las fuerzas federales, se evaluará  la necesidad, la posibilidad y la oportunidad de brindar el auxilio solicitado y se dispondrá el despliegue correspondiente.Las acciones serán comunicadas de manera inmediata a la Secretaría de Trabajo “a fin de que puedan proceder de acuerdo con lo previsto en el artículo 242 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones”.Paralelamente, las fuerzas recabarán pruebas sobre el desarrollo del bloqueo, que incluirán la identificación de los responsables y participantes, a fin de su inmediata remisión al juzgado penal correspondiente y al Ministerio Público Fiscal.