xEn la Sala Unipersonal de la Cámara Primera en lo Criminal de Sáenz Peña, a cargo del Juez Mauricio Rouvier, se conoció el pasado 19 de abril la sentencia N°34 que condena con 10 años de prisión a dos personas por el abuso sexual con acceso carnal agravado a una joven de Quitilipi, luego de haber salido de un local bailable. El hecho ocurrió en el mes de agosto del año 2018 en el domicilio de uno de los dos imputados, donde tanto Heber Daniel Acevedo como Mauro Enrique García abusaron sexualmente de una joven. La justicia comprobó que ambas personas abusaron sexualmente sin su consentimiento, debido al estado en que se encontraba la víctima como consecuencia de haber ingerido una bebida con alguna sustancia que previamente y de forma subrepticia le ofreció Acevedo, lo que provocó que perdiera la conciencia.Menciona la sentencia del Juez Rouvier que la víctima en el debate “ha sido clara y contundente en el sentido de que no quiso tener relaciones sexuales con acceso carnal por ninguna vía con Heber Acevedo ni Mauro García y esa negativa se reflejó en los efectos psíquicos detectados posterior al hecho”.Asimismo, el juez señaló que los imputados Acevedo y García “crearon el riesgo jurídicamente desaprobado, toda vez que aprovechando la situación de confianza preexistente y la posterior indefensión de la joven, tanto Acevedo como García accedieron carnalmente a la joven sin su consentimiento, menoscabando la integridad sexual de la víctima.”De la sentencia se desprende también que los imputados eligieron libremente acceder carnalmente a la joven, “la elección fue libre, ellos querían hacer lo que hicieron e hicieron lo que quisieron hacer”. Agrega además que ambos jóvenes “tenían el dominio final de los hechos, ya que en cualquier momento, a su libre voluntad, pudieron haber puesto fin a los despliegues de sus conductas delictivas, sin embargo, prosiguieron con el designio propuesto hasta consumar los eventos”, subrayando que “la conducta de Acevedo y García no estaba amparada en causa de justificación alguna”.LA CONDENA El juez Mauricio Rouvier no hizo lugar al planteo de nulidad planteado por el abogado Mauricio Massin, tampoco hizo lugar a la solicitud de Falso Testimonio y condeno a 10 años de prisión a Heber Daniel Acevedo como co autor penalmente responsable de delito de “Abuso Sexual con Acceso Carnal agravado por haberse cometido por dos personas”. Además, se lo intima a constituirse detenido dentro de los cinco días. La condena alcanzó también a Mauro Enrique García  quien fue condenado a 10 años de prisión  como co-autor penalmente responsable de delito de Abuso Sexual con Acceso Carnal agravado por haberse cometido por dos personas quien además deberá constituirse en detenido dentro  de los cinco días